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Ahorre impuestos al cerrar las cuentas

Es hora de ir preparando el cierre de cuentas de 2018. Y conviene que tenga controladas algunas partidas...

Al cerrar las cuentas del ejercicio 2018 de su empresa, recuerde contabilizar todos aquellos gastos que le permitan reducir el resultado contable y tributar menos cuando presente el Impuesto sobre Sociedades:

  • Amortizaciones. Contabilice la amortización de todos sus activos y recuerde que determinados activos (como los que se han adquirido usados o los que se utilizan en más de un turno de trabajo) pueden amortizarse más rápidamente.
  • Periodificación de gastos. Registre todos aquellos gastos que a final de año ya se hayan producido aunque todavía no haya llegado la fecha de su pago (pagas extras, intereses bancarios, seguros...).
  •  Variación de existencias. Compare el valor de su inventario a 31 de diciembre con el que tenía a principios del año y contabilice el gasto o el ingreso que corresponda por la diferencia entre ambos importes.

Por ejemplo, si durante 2018 su empresa ha aplazado el pago de algún impuesto y alguno de los pagos se produce en 2019, recuerde que podrá contabilizar los intereses que se hayan devengado a final de año, como si de un préstamo bancario se tratase.

Asimismo, contabilice todas aquellas provisiones que la ley permite efectuar y que son gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades:

  • Deterioro de créditos. Contabilice como gasto todos aquellos créditos impagados si a 31 de diciembre ya han transcurrido más de seis meses desde su vencimiento.
  • Provisión por responsabilidades. Si durante el año 2018 su empresa ha sido objeto de una demanda en la que le reclaman una indemnización, compute ya el gasto aunque todavía no exista una sentencia firme.
  • Garantías de reparación. Contabilice una provisión por los gastos de reparación y revisión que le vayan a provocar los productos vendidos con garantía.

Le ayudaremos a cerrar las cuentas de su empresa de forma que no se deje ningún gasto deducible por contabilizar y reduzca al máximo su factura fiscal.

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